“Neuroderechos: la mente como último santuario humano”, por FISHEL SZLAJEN


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No se trata de una moda jurídica, sino de la respuesta bioética a la colonización de la mente.

Infobae – La bioética moderna nació para proteger a la persona de su instrumentalización biomédica, científica y tecnológica, especialmente cuando su cuerpo era reducido a material disponible para experimentar, decidir, manipular o comercializar. Pero el siglo XXI desplazó esa frontera del cuerpo a la mente, no sólo como ámbito de intervención, sino como último refugio de la persona frente al poder. Ya no se trata sólo de quién puede intervenir sobre el organismo, sino de quién puede acceder, registrar, modificar o comercializar la interioridad humana.

La neurotecnología, interfaces cerebro-computadora, estimulación cerebral profunda, sensores neuronales, wearables de consumo capaces de captar actividad cerebral, neurodispositivos de bienestar e IA aplicada a neurodatos, promete avances terapéuticos extraordinarios como tratar Parkinson, epilepsia, depresión resistente, parálisis, trastornos motores y del sueño o pérdida del habla. Sería moralmente irresponsable negar ese potencial. Pero la misma herramienta que aliviaría sufrimientos también habilitaría una forma inédita de dominio, como vigilancia mental, manipulación emocional, perfilamiento cognitivo, explotación comercial de neurodatos y eventual alteración de la identidad personal.

Aquí emergen los neuroderechos, entendidos como privacidad mental, integridad psíquica, libertad cognitiva, identidad personal y justicia neurotecnológica. Marcello Ienca y Roberto Andorno (2017) advirtieron tempranamente que los avances en neurociencia podían afectar derechos humanos como privacidad, libertad de pensamiento, integridad mental, no discriminación y debido proceso. Porque el derecho moderno protege la expresión del pensamiento, pero no imaginó suficientemente la posible captura tecnológica del pensamiento en su fase pre-expresiva. Rafael Yuste y Sara Goering, entre otros (2017), propusieron cuatro prioridades éticas decisivas a resguardar en neurotecnología: privacidad, identidad, agencia e igualdad. Nita Farahany (2023) formuló el problema como una batalla por el derecho a pensar sin que sea expuesto al control comercial, laboral, estatal o judicial.

El punto es que un neurodato no equivale a una dirección, compra, búsqueda en internet o preferencia de consumo, sino que puede revelar estados internos que el propio sujeto desconoce, no controla o no desea expresar, como atención, fatiga, estrés, emoción, impulsividad, predisposiciones o vulnerabilidades. Por eso el consentimiento informado, sea específico, amplio o dinámico, debe reforzarse en su límite y finalidad, revocabilidad y transparencia, prohibiendo usos secundarios y con protección especial para niños, trabajadores, pacientes, personas institucionalizadas y sujetos bajo dependencia económica, educativa o clínica

 

(Imagen Ilustrativa Infobae)

 

FISHEL SZLAJEN,

rabino, filósofo y profesor de la Diplomatura en Cultura Argentina

 

 

 

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